ARTÍCULO 1 A efectos del artículo primero de la Ley Suprema 1/2020, la República de Exodia establece que los plazos para conseguir la ciudadanía se incrementan en cuatro meses, quedando establecidos en 6 meses en términos generales, y en las especialidades a 5 meses. Además, habrán de pasar un examen de ciudadanía Sianesa y Exodia.
ARTÍCULO 2 L’Arcadia de Exodia, con mayoría de 2/3, podrá otorgar la ciudadanía a un hombre o mujer según los plazos otorgados en la Ley de ciudadanía del momento.
ARTÍCULO 3 Se entiende como especialidad: -La participación activa durante 5 meses en la política Sianesa y Exodia -Ser admitido a través de un examen de ciudadanía Sianesa y Exodia con nota mayor de 9/10.
Dado en Minas Tirith a 24 de marzo de 2020
SORAYA SÁENZ DE SANTAVENENO, VICEPRESIDENTA DE L’EXODIAN