Decreto 1/2045, de 7 de diciembre, del Consell Federal, por el que se modifica el Decreto 2/2042, de 12 de enero, para ampliar las categorías de bienes que integran el patrimonio cultural de la República Federal de Sia

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Decreto 2/2042, de 12 de enero, estableció un marco detallado para la clasificación de los bienes que integran el patrimonio cultural de la República Federal de Sia, definiendo 45 categorías específicas que abarcan una amplia variedad de elementos históricos, artísticos, científicos y culturales. Sin embargo, el dinamismo de las realidades culturales, así como el avance de las disciplinas relacionadas con la conservación del patrimonio, exigen una ampliación de dichas categorías para garantizar la protección de bienes que hasta ahora no estaban claramente definidos dentro de la normativa.

En este contexto, es fundamental incorporar nuevas categorías que permitan reconocer y proteger de manera adecuada bienes culturales relacionados con elementos simbólicos, tecnológicos, culinarios, literarios y otros, que forman parte esencial del patrimonio material e inmaterial de Sia.

Por ello, y en virtud de las competencias que otorga el Decreto-ley 2/2041, de 18 de marzo, el Consell Federal ha decidido ampliar las categorías de bienes culturales para asegurar una protección integral y adaptada a las necesidades actuales.

Artículo único. Modificación del artículo 2 del Decreto 2/2042, de 12 de enero

El artículo 2 del Decreto 2/2042, de 12 de enero, queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 2. Clasificación de bienes

Los bienes que integran el patrimonio cultural de la República Federal de Sia se clasifican en una o varias de las siguientes categorías:

  1. Monumentos históricos

  2. Monumentos religiosos

  3. Monumentos conmemorativos

  4. Monumentos naturales

  5. Sitios arqueológicos

  6. Sitios paleontológicos

  7. Yacimientos arqueológicos

  8. Edificios civiles históricos

  9. Edificios religiosos históricos

  10. Conjuntos arquitectónicos

  11. Castillos y fortalezas

  12. Puentes históricos

  13. Vías y caminos históricos

  14. Ruinas antiguas

  15. Centros urbanos históricos

  16. Paisajes culturales

  17. Jardines históricos

  18. Parques y espacios verdes históricos

  19. Esculturas públicas

  20. Pinturas murales

  21. Retablos y altares

  22. Obras de arte sacro

  23. Instrumentos científicos antiguos

  24. Instrumentos musicales históricos

  25. Documentos y manuscritos antiguos

  26. Libros y códices históricos

  27. Mapas y planos históricos

  28. Archivos sonoros y audiovisuales

  29. Cine, fotografía y medios visuales históricos

  30. Obras de arte moderno

  31. Arte etnológico

  32. Arte popular y tradicional

  33. Trajes y textiles históricos

  34. Utensilios domésticos antiguos

  35. Herramientas y maquinaria antigua

  36. Transporte histórico (carros, vehículos)

  37. Patrimonio industrial

  38. Patrimonio militar

  39. Patrimonio marítimo y fluvial

  40. Patrimonio ferroviario

  41. Patrimonio subacuático

  42. Patrimonio científico y técnico

  43. Tradiciones orales y expresiones inmateriales

  44. Rituales y eventos festivos

  45. Conocimientos tradicionales y técnicas artesanales

  46. Patrimonio culinario y gastronómico

  47. Objetos ceremoniales y rituales

  48. Patrimonio espiritual y simbólico

  49. Instrumentos de poder y mando históricos

  50. Elementos decorativos y ornamentales históricos

  51. Joyería y orfebrería histórica

  52. Materiales y objetos arqueológicos subacuáticos

  53. Espacios urbanos contemporáneos relevantes

  54. Patrimonio literario e intelectual

  55. Bienes asociados a figuras históricas o eventos relevantes

  56. Bienes muebles y utensilios de vida cotidiana históricos

  57. Espacios de memoria y conmemoración contemporáneos

  58. Patrimonio tecnológico e innovaciones clave en la historia

  59. Obras de arquitectura contemporánea de interés cultural

Disposición final única

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la República Federal de Sia.

Dado en Ciudad del Mar, a 7 de diciembre de 2045.

ALESSANDRO S.S.

El President del Consell Federal,
MONTELLINI ROURES ROURES