Ley 10/2020, de 14 de mayo, de Ciudadanía Urqueixana

Artículo 1.

A efectos del artículo 1 de la Ley Suprema 1/2020, la República d’Urqueix establece que los plazos para conseguir la ciudadanía se incrementan en cuatro meses, quedando establecidos en seis meses en términos generales, y en las especialidades a cinco meses. Además, habrán de pasar un examen de ciudadanía sianesa y urqueixana.

Artículo 2.

El Parlament d’Urqueix, con mayoría de 2/3, podrá otorgar la ciudadanía a una mujer o un hombre según los plazos otorgados en la Ley de ciudadanía del momento.

Artículo 3.

Se entiende como especialidad:
a. La participación activa durante cinco meses en la política sianesa y urqueixana.
b. Ser admitido a través de un examen de ciudadanía sianesa y urqueixana con nota mayor de 5/10.

Disposición final única.

La presente Ley entra en vigor en el momento de su publicación en el Diari Oficial de la República d’Urqueix.

El President del Govern d’Urqueix,
JAUME ESPADÀ i GUILLÉN