Artículo 1. Objetivo
El presente Decreto tiene como objetivo establecer y regular el Servicio Postal Universal en la empresa Correus Sia, S.A., con el fin de garantizar el acceso de todos los ciudadanos a servicios postales esenciales de calidad y asequibles, con duración hasta 2050.
Artículo 2. Definición del Servicio Postal Universal
1. El Servicio Postal Universal en Correus Sia, S.A. incluirá la entrega de cartas y paquetes de acuerdo con los estándares y tarifas establecidos en este Decreto.
2. Correus Sia, S.A. estará obligada a proporcionar servicios postales en todo el territorio nacional, incluyendo áreas rurales y remotas, de acuerdo con las regulaciones y horarios establecidos por la Autoridad Reguladora Postal.
Artículo 3. Tarifas y Condiciones
1. Las tarifas para los servicios postales ofrecidos por Correus Sia, S.A. se establecerán de manera justa y transparente, y serán asequibles para todos los ciudadanos.
2. Se establecerán condiciones de envío claras y estándares de calidad para garantizar la eficiencia y la satisfacción del usuario en la prestación de servicios postales.
Dado en Ciudad del Mar a 15 de septiembre de 2022.
ELETTRA S.S.
El President del Consell Federal,
ONÉSIMO CUADRADO ORTEGA.