
Decreto-ley 5/2018, de 4 de mayo, de modificación del Decreto-ley 3/2018, de 29 de marzo, general de población.
Artículo único. Modificación del Decreto-ley 3/2018, de 29 de marzo, general de población.
Se modifica el artículo sexto del Decreto-ley 3/2018, de 29 de marzo, general de población, quedando establecido de la siguiente forma:
Artículo 6. Población regional.
Las poblaciones regionales se calcularán mediante las siguientes fórmulas:
a) Para el cálculo de la región de Urkesh, el 25% de la población on-rol.
b) Para el cálculo de la región de Jonia, el 17% de la población on-rol.
c) Para el cálculo de la región de Shurima, el 10% de la población on-rol.
d) Para el cálculo de la región de Eleia, el 15% de la población on-rol.
e) Para el cálculo de la región de Ciudad del Mar, el 14,5% de la población on-rol.
f) Para el cálculo de la región de Altavent, el 0,5% de la población on-rol.
g) Para el cálculo de la región de Oristà, el 9% de la población on-rol.
h) Para el cálculo de la región de Casandrea, el 9% de la población on-rol.
Disposición final única.
El presente decreto-ley entra en vigor en el momento de su publicación en el Boletín Oficial del Estado de Sia.
Dado en Altavent, a 4 de mayo de 2018.
JOSAN
El Presidente del Consell General.
Unai García-Trevijano
Unai García-Trevijano