Artículo 1. Creación de Títulos de Bàtxelor y Máster
En virtud de la autoridad conferida por la Constitución de la República Federal de Sia y con el objetivo de fomentar el estudio de áreas teológicas, esotéricas y científicas en constante evolución, se crean los siguientes títulos académicos:
Títulos de Bàtxelor:
Bàtxelor en Estudios de la Antigua Religión.
Títulos de Máster:
Máster Universitario en Teología del Esoterismo Jónico.
Máster Universitario en Neuropsicología Clínica.
Artículo 2. Inscripción en el Registro de Títulos Oficiales
Los títulos académicos mencionados en el artículo 1 de este decreto serán inscritos en el Registro de Títulos Oficiales del Consell Federal de la República Federal de Sia. La inscripción en dicho registro confirmará su carácter oficial y su reconocimiento en el ámbito académico y profesional.
Artículo 3. Requisitos académicos
Las instituciones educativas autorizadas para impartir estos títulos deberán establecer requisitos académicos y programas de estudio apropiados de acuerdo con las regulaciones educativas vigentes en la República Federal de Sia.
Artículo 4. Autorización y supervisión
La creación y otorgamiento de estos títulos estarán sujetos a la autorización y supervisión por parte del Ministerio de Universidades y las autoridades educativas pertinentes de la República Federal de Sia.
Disposición adicional única
Este decreto entrará en vigor a partir de su publicación oficial en el Diario Oficial de la República Federal de Sia.
Dado en Ciudad del Mar, a 27 de mayo de 2042.
ALESSANDRO S.S.
La Presidenta del Consell Federal,
CRISTINE DE SANTAVENENO