Decreto 2/2049, de1 de noviembre, del Consell Federal, por el que se declara Bien de Interés Cultural (BIC) la denominación de la ciudad de Ímil, en Shurima.

Departamento: Presidencia del Consell Federal

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La ciudad de Imil, situada en el Jedivato de Shurima, constituye un elemento fundamental del patrimonio histórico, cultural y simbólico de la República Federal de Sia. Su denominación, Imperator Maximus Invictus Luxor (IMIL), tiene un origen ancestral, vinculado a la tradición imperial y a la identidad de Shurima como una de las civilizaciones más influyentes en la historia del territorio.

El nombre Imil ha sido reconocido a lo largo de los siglos como símbolo de autoridad, prestigio y unidad política dentro del Jedivato de Shurima, siendo un referente en la cartografía histórica y en la documentación oficial desde la Baja Edad Media. Su importancia trasciende el ámbito local, pues representa la continuidad de la memoria histórica y el legado cultural del pueblo shurimano dentro del Estado federal.

Dado su impacto en la identidad cultural y patrimonial de Sia, se hace imprescindible su protección como Bien de Interés Cultural (BIC), en la categoría de Denominaciones históricas protegidas, con el fin de garantizar su preservación, integridad y uso correcto en los documentos oficiales, señalización y actividades de divulgación histórica.

A propuesta del Ministerio de Educación, Cultura, Universidades e Innovación, y tras el informe favorable del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural, el Consell Federal decreta lo siguiente:

Artículo 1. Declaración como Bien de Interés Cultural

Se declara Bien de Interés Cultural (BIC), en la categoría de Patrimonio espiritual y simbólico, la denominación “Imil” (Imperator Maximus Invictus Luxor) de la ciudad situada en el Jedivato de Shurima.

La declaración se realiza en reconocimiento de su valor histórico, cultural y simbólico, garantizando su protección y promoción dentro del marco normativo de la República Federal de Sia.

Artículo 2. Protección y conservación

La denominación Imil no podrá ser modificada ni sustituida en documentos oficiales, cartografía, señalización vial o material de divulgación sin un procedimiento especial de revisión conforme a la legislación vigente.

El Ministerio competente en patrimonio cultural será el encargado de velar por el correcto uso de la denominación y su difusión pública, asegurando que se respete su carácter histórico y patrimonial.

Artículo 3. Ubicación y uso oficial

La denominación Imil seguirá siendo de uso oficial para la ciudad situada en el Jedivato de Shurima, asegurando su presencia en todos los registros administrativos, históricos y turísticos.

Se fomentará la inclusión del nombre en exposiciones, eventos culturales y publicaciones históricas, promoviendo su importancia dentro del legado de Shurima.

Artículo 4. Régimen de intervenciones

Cualquier modificación, revisión o uso excepcional del nombre Imil deberá contar con la autorización previa del Ministerio competente en patrimonio cultural.

En caso de detectarse usos incorrectos o alteraciones en la denominación, el Consell Federal podrá tomar medidas correctivas para garantizar el cumplimiento de este decreto.

Dado en Ciudad del Mar, a 1 de noviembre de 2049.

ALESSANDRO S.S.

El President del Consell Federal,
MONTELLINI ROURES ROURES

ANEXO
DATOS SOBRE EL BIEN OBJETO DE LA DECLARACIÓN

Nombre oficial protegido:

Imil (Imperator Maximus Invictus Luxor)

Ubicación:

Ciudad de Imil, Jedivato de Shurima, República Federal de Sia

Origen de la denominación:

Ancestral, vinculado a la tradición imperial shurimana desde la Baja Edad Media

Importancia cultural:

Símbolo de autoridad, prestigio y unidad política del Jedivato de Shurima, con gran valor histórico y simbólico para el conjunto de la República Federal de Sia.

Usos oficiales protegidos:

Documentos oficiales, cartografía histórica y contemporánea, señalización vial y urbana, publicaciones históricas, materiales divulgativos turísticos y culturales.

Observaciones:

Se deberán promover iniciativas para la divulgación y protección de la denominación Imil, asegurando su integridad y correcta utilización por parte de las instituciones públicas y privadas del país.