Decreto-Ley 8/2018, de 18 de julio, del régimen provisional de Excifort del Norte.
DECRETO
Artículo primero.
Se disuelve el Parlamento de Excifort.
Artículo segundo.
Se crea el Censo especial para los ciudadanos de Excifort. Reglamentariamente se establecerán sus condiciones.
Artículo tercero.
Los ciudadanos de Excifort del Norte no son nacionales de la República Federal de Sia, no obstante, dispondrán conforme a la Constitución de autonomía suficiente para el ejercicio de sus funciones.
Artículo cuarto
El Consell Federal deberá convocar unas elecciones al Parlamento de Excifort del Norte en el periódo máximo de dos años (un mes offrol) y, si conviene, aplicar las especialidades que para este procedimiento haya legislado el Parlament.
Artículo quinto.
Se establece como Gobernador de Excifort del Norte al President del Consell Federal.
Artículo sexto.
Se permite la creación de partidos políticos exclusivamente en el ámbito excifortiano.
Disposición derogatoria única.
Queda derogado cuanto siendo de igual o meno rango contradiga el presente Decreto-Ley
.Disposición final.
El presente Decreto-Ley entrará en vigor en el momento de su publicación en el Boletín Oficial del Estado de Sia.
Dado en Ciudad del Mar, a 18 de julio de 2018.
SÍNDIC SOUL
El Presidente del Consell Federal.
Unai García-Trevijano
