DECRETO 11/2015, DE ELEVACIÓN DE LA LEY 15/2015 A LEY SUPREMA.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Artículo 14.5 de la Constitución establece que corresponde al Gobierno la Elevación de Leyes a Leyes Supremas.
La Ley 15/2015, de la Legislación y su Jerarquía establece en su Exposición de motivos que es una ley básica e importante y que ha de ser elevada por el Gobierno.
Por ello,
DISPONGO
Artículo 1.
La Ley 15/2015, de la Legislación y su Jerarquía se eleva a Ley Suprema, de acuerdo al artículo 14 de la Constitución.
Artículo 2.
La Ley 15/2015, de la Legislación y su Jerarquía se denominará a partir de la entrada en vigor de este decreto Ley Suprema 1/2015, de la Legislación y de su Jerarquía.
Artículo 3.
La Ley 15/2015, de la Legislación y su Jerarquía pasará a ser inalterable por medios legislativos a partir de la entrada en vigor de este decreto.
Disposición Adicional Primera.
Únicamente el Presidente del Grupo podrá descender la Ley Suprema, mediante Decreto de Descenso
Disposición Adicional Segunda.
Este Decreto es inderogable e inmodificable.
Disposición Final.
Única. Este Decreto entrará en vigor en el momento de su publicación en el BOSS
Dado en Santa Shore, a 7 de Julio de 2015
Presidente del Grupo
JOSAN