
Tratado de Anexión de Wonkru a la República Federal de Sia, de 28 de mayo de 2018.
Artículo primero.
Wonkru se anexa a la República Federal de Sia como República.
Artículo segundo.
Wonkru tiene la obligación de respetar las leyes de la República Federal de Sia, así como su Constitución.
Artículo tercero.
Wonkru tiene derecho a la independencia, al no ser un territorio integral de la República Federal de Sia.
Este derecho se ejercerá mediante referéndum propuesto por el Comandante de Wonkru, debiendo ser aprobado por la mayoría del censo electoral residente en Wonkru, conforme a las normas del referéndum vinculante de la República Federal de Sia.
Artículo cuarto.
Wonkru debe tener un Consejo de la Coalición que será elegido cada tres meses por el pueblo de Wonkru, así como un Comandante, elegido en la forma que determine su Constitución.
La primera elección se celebrará el día 10 de junio de 2018.
Igualmente, las tradiciones y las culturas, así como los Doce Clanes de Wonkru, son respetados por la República Federal de Sia.
Transitoriamente, se reconoce al Comandante Juli como Presidente de la República de Wonkru.
Artículo quinto.
Los ciudadanos de Wonkru son ciudadanos de pleno derecho de la República Federal de Sia.
El Síndic Federal y el President del Consell Federal deberán estar representados en Wonkru.
Artículo sexto.
Se ceden a la República de Wonkru todas las competencias, excepto las siguientes, que se reservan a la República Federal de Sia:
1. Relaciones exteriores.
2. Tratados de paz y de comercio.
3. Declaración de guerra exterior, que será siempre objeto de autorización del Parlament.
4. Arreglo de las cuestiones territoriales y de las competentes entre las Repúblicas.
5. Conservación de la unidad y de la integridad federal.
6. Ejército Federal, sin perjuicio de la Guardia Estatal.
7. Correos.
8. Telégrafos.
9. Ferrocarriles federales, caminos generales, medios oficiales de comunicación marítima y terrestre y obras públicas de interés federal.
10. Deuda federal.
11. Empréstitos federales.
12. Contribuciones y rentas que sean necesarios para el mantenimiento de los servicios federales.
13. Gobierno de los territorios y colonias que no sean de Wonkru.
14. Envío de delegados a las Repúblicas para la percepción de los tributos federales y el mando de las fuerzas militares encargadas de velar por el cumplimiento de las leyes federales.
15. Códigos federales.
16. Unidad de moneda, pesos y medidas.
17. Aduanas y aranceles.
18. Establecimiento de una universidad federal.
19. Los bienes y derechos de la Federación.
20. Conservación del orden público y declaración de estado de guerra civil, sin perjuicio de la posibilidad de creación de policía.
21. Restablecimiento de la ley por medio de la fuerza y cuando un motín o una sublevación comprometan los intereses y derechos generales de la sociedad en cualquier punto de la Federación.
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El Síndic Federal de la República Federal de Sia SÍNDIC SOUL
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El Comandante de Wonkru JULI
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