PREÁMBULO
De conformidad con el artículo 56.1 de la Ley Suprema, corresponde al Síndic Federal convocar referéndums en el ámbito federal. El artículo 117 de la Constitución Federal de la República Federal de Sia reconoce a la ciudadanía el derecho a promover la destitución del President del Consell Federal o de cualquier otro miembro del Consell Federal, mediante referéndum vinculante.
La iniciativa para el cese del Ministro Montserrot-Pasqual Raholer-Pratdebassa, responsable de la cartera de Fomento, Vivienda, Servicio Postal y Obras Públicas, ha alcanzado el 30 % del censo electoral federal, conforme a los requisitos del artículo 63 de la Constitución, habiendo sido debidamente validada por la Junta Electoral Federal.
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto de la consulta.
Se convoca referéndum vinculante para decidir sobre la destitución del Ministro de Fomento, Vivienda, Servicio Postal y Obras Públicas, señor Montserrot-Pasqual Raholer-Pratdebassa, miembro del Consell Federal.
Artículo 2. Término electoral.
El referéndum se celebrará en el ámbito de la Federación, de acuerdo con el artículo 60.2 de la Ley Suprema.
Artículo 3. Fecha de votación.
La jornada de votación se celebrará el 11 de diciembre de 2050, conforme al artículo 57 de la Ley Suprema.
Artículo 4. Pregunta.
La pregunta que se someterá a referéndum será la siguiente:
“¿Desea usted que sea destituido de su cargo el Ministro de Fomento, Vivienda, Servicio Postal y Obras Públicas, Montserrot-Pasqual Raholer-Pratdebassa?”
Las opciones de respuesta serán:
🟢 SÍ – a favor de la destitución.
🔴 NO – en contra de la destitución.
Artículo 5. Efectos del resultado.
La aprobación de la propuesta por mayoría de votos válidamente emitidos supondrá:
La destitución inmediata del Ministro.
Su inhabilitación para ejercer cargos públicos federales durante cuatro años, según lo previsto en el artículo 117.2 de la Constitución.
Artículo 6. Campaña electoral y voto anticipado.
La Junta Electoral Federal establecerá los plazos y condiciones de la campaña electoral.
Artículo 7. Publicación y efectos.
El presente Decreto se publicará en el Diari Oficial de la República Federal de Sia y entrará en vigor el mismo día de su publicación.
Dado en Ciudad del Mar, a 28 de agosto de 2050.
ALESSANDRO S.S.
El President del Consell Federal,
MONTELLINI ROURES ROURES