Decreto 2/2023, de 16 de Enero, por el que se modifica la estructura Orgánica del Consell Federal.

Artículo 1. Departamentos Ministeriales

La Administración Federal se estructura en los siguientes departamentos
ministeriales:

  • Gabinete del President del Consell Federal.
  • Vicepresidencia del Consell Federal.
  • Ministerio de Economía, Finanzas, y Asuntos Sociales.
  • Ministerio de Asuntos Exteriores, y Comercio.
  • Ministerio de Soberanía Energética, Obras Públicas, Vivienda.
    Reindustrialización, y Reforma Ecológica.
  • Ministerio de Educación, Cultura, Familia, e Innovación Científica.
  • Ministerio de Guerra.
  • Ministerio de Justicia, y Reforma Nacional.
  • Ministerio de la Soberanía Alimentaria, y el Sector Primario.
  • Ministerio de Interior.

Artículo 2. Gabinete del President.

  1. Corresponde al Gabinete del President del Consell Federal, dirigido por el
    Jefe de Gabinete, las relaciones con la Sindicatura Federal y con el resto de
    las Instituciones.
  2. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
    • La Secretaria de Asuntos Estatales y Relaciones con el Parlament.
    • La Secretaria de Relaciones con las Repúblicas.
    • La Secretaria de Relaciones con la Sindicatura Federal.

Artículo 3. Vicepresidencia del Consell Federal.

  1. Corresponde a la Vicepresidencia del Consell las funciones otorgadas por el
    marco legislativo sianes y este decreto, entre ellas la de presidir el Seniat,
    ejercer de President cuando éste no pudiera, actuar como segundo al mando
    del Consell Federal, y coordinar la comunicación y transparencia del Consell
    Federal.
  2. Dependen de la Vicepresidencia los siguientes órganos superiores:
    • La Secretaria de Estado de Relaciones con el Senat.
    • La Secretaria de Estado de Comunicación, Participación y Transparencia.
    • La Portavocía del Consell Federal.
  3. El Vicepresident del Consell podrá ejercer de ministro de otro de los ministerios del Consell federal, teniendo un único voto en las decisiones del Consell Federal.

Artículo 4. Ministerio de Economía, Finanzas, y Asuntos Sociales

  1. Corresponde al Ministro de Economía y Finanzas la gestión económica de la
    federación, la propuesta y ejecución de la política del Consell en materia
    económica y presupuestaria, la propuesta y ejecución de la política del
    Consell en materia de empleo y Seguridad Social, la propuesta y ejecución
    de la política del Consell en materia fiscal, las reformas enfocadas en
    aumentar la competitividad y el crecimiento económico de la Federación, y la
    coordinación con el Banco Federal.
  2. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
    • La Secretaría de Estado de Economía.
    • La Secretaría de Estado de Finanzas.
    • El Alto Comisionado del Banco Federal.
    • La Secretaría de Estado de Empleo.
    • La Secretaría de Estado de la Seguridad Social.
    • La Secretaría de Estado de Competitividad Empresarial.

Artículo 5. Ministerio de Asuntos Exteriores, y Comercio

  1. Corresponde al Ministerio de Asuntos Exteriores la dirección de la política
    exterior de conformidad con las directrices del Consell, y la propuesta y
    ejecución de las políticas del Consell Federal en el comercio y turismo.
  2. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
    • La Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores.
    • La Secretaría de Estado de Comercio.
    • La Secretaría de Estado de Turismo.
    • El Alto Comisionado para Relaciones con Eresia.

Artículo 6. Ministerio de Soberanía Energética, Obras Públicas, Vivienda,
Reindustrialización, y Reforma Ecológica
.

  1. Corresponde a este Ministerio la ejecución de la política del Consell Federal
    en las materias de Infraestructuras, Vivienda, Transporte, y Ecologismo.
    Corresponde a este ministerio tomar las medidas apropiadas para asegurar
    que Sia sea un estado más independiente en materia energética y reducir la
    dependencia de otros estados. Corresponde a este Ministerio tambien.
  2. Este Ministerio se estructura de los siguientes órganos superiores:
    • La Secretaría de de Estado de Soberanía Energética.
    • La Secretaría de Estado de Infraestructuras y Obras Públicas.
    • La Secretaría de Estado de la Vivienda.
    • La Secretaría de Estado de Medio Ambiente.
    • La Secretaría de Estado de Residuos.

Artículo 7. Ministerio de Educación, Cultura, Familia, e Innovación Científica

  1. Corresponde a este Ministerio la propuesta y ejecución de las políticas del
    Consell Federal en las materias de educación y formación profesional, y de
    familia y crecimiento demográfico. También corresponde a este ministerio la
    protección y preservación del patrimonio histórico sianes, la ejecución de
    políticas del Consell Federal en la materia de universidades y deporte, y la
    colaboración con el ámbito privado y militar para asegurar que Sia sigue al
    frente de la innovación científica y la adopción de las nuevas tecnologías se
    haga de una forma que ponga a los ciudadanos y a Sia primero.
  2. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
    • La Secretaría de Estado de Educación.
    • La Secretaría de Estado de Formación Profesional.
    • La Secretaría de Estado de Familia.
    • La Secretaría de Estado de Universidades
    • La Secretaría de Estado de Deporte
    • La Secretaría de Estado de Cultura
    • La Secretaría de Estado de Innovación.

Artículo 8. Ministerio de Guerra

  1. Corresponde al Ministerio de Guerra todas las atribuciones que le confiere el
    ordenamiento jurídico, todas las atribuciones conferidas al antiguo ministerio
    de Defensa del que este es sucesor, y la coordinación y ejecución de las
    políticas del Consell Federal en las materias militares.
  2. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
    • Secretaría de Estado de Modernización de los Ejércitos Federales.
    • Alto Comisionado ante las Fuerzas Armadas.
    • Secretaría de Estado Dirección de la Agencia Federal de Inteligencia.

Artículo 9. Ministerio de Justicia, y Reforma Nacional

  1. Corresponde a este Ministerio la propuesta y ejecución de la política del Consell Federal para el desarrollo del ordenamiento jurídico, y las reformas legislativas consideradas esenciales para la República de Sia, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos e instituciones, así como las relaciones del Consell con la Curia y con el Ministerio Fiscal, a través del Fiscal General Federal.
  2. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
    • Secretaría de Justicia
    • Secretaría de Reformas Estructurales
    • Alto Comisionado de Desarrollo Legislativo

Artículo 10. Ministerio de la Soberanía Alimentaria, y el Sector Primario.

  1. Corresponde a este Ministerio la propuesta y ejecución de la política del
    Consell Federal en materia de alimentación, agricultura, ganadería, pesca, y
    la minería. Así como asegurar que Sia es una nación más independiente en
    la alimentación de sus ciudadanos y reducir la dependencia en potencias
    extranjeras.
  2. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
    • La Secretaría de Estado de Soberanía Alimentaria.
    • La Secretaría de Estado de Minería.
    • La Secretaría de Estado de Agricultura.
    • La Secretaría de Estado de Ganadería.
    • La Secretaría de Estado de Pesca.

Artículo 11. Ministerio del Interior.

  1. Corresponde al Ministerio de Interior la propuesta y Ejecución de la
    política del Consell Federal en materia de seguridad ciudadana, tráfico
    y seguridad vial, promoción de los derechos fundamentales, el
    ejercicio del mando de las fuerzas y cuerpos de Seguridad de la
    República Federal, y las demás competencias y atribuciones que le
    confiere el marco jurídico.
  2. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
    • Secretaría dels Mossos.
    • Secretaría de Estado de Seguridad.

Disposición Adicional Única. Adscripción de la Agencia Federal de
Inteligencia.

La Agencia Federal de Inteligencia, de acuerdo con el marco legislativo,
queda adscrita al Ministerio de Guerra.

Disposición Derogatoria Única. Derogación Normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se
opongan a lo establecido en este decreto.

Disposición Final Única. Entrada en Vigor.

El presente decreto entra en vigor el mismo día de su publicación en el
Boletín Oficial del Estado, en el Diario Oficial de la República Federal de Sia.

Dado en Altavent, el 16 de Enero de 2023

ELETTRA S.S.

El President del Consell Federal
ONÉSIMO CUADRADO