Decreto del Consell Federal 1/2037, de 22 de enero, por el que se establece el tipo de cotización

Artículo 1. Base de Cotización

La base de cotización para los empleados en concepto de Seguridad Social se establecerá de acuerdo con las siguientes disposiciones:

1. La base de cotización será el salario mensual total del empleado, incluyendo todas las prestaciones y bonificaciones que reciba en dinero o en especie.

2. La base de cotización se revisará anualmente de acuerdo con la inflación y los cambios en las condiciones económicas del país.

Artículo 2. Obligación de Cotizar

Todos los empleados estarán obligados a cotizar a la Seguridad Social de acuerdo con la base de cotización establecida en el artículo 1 de este decreto.

Artículo 3. Tipo de cotización.

El tipo de cotización será el 30 por ciento en todo el territorio federal, a cargo del empleador.

Dado en Ciudad del Mar, a 22 de enero de 2037.

ELETTRA. S.S.

La Presidencia del Consell Federal,
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