Acuerdo de la Junta Electoral d’Oristà
En virtud del artículo 23 de la Ley Suprema 4/2019, de 17 de junio, Electoral y del Referéndum, se hacen públicas las candidaturas definitivas a la elección: Elecciones al XX Al Cadacors d’Oristà
El plazo para alegar contra ellas ha finalizado.
Lo ordena, manda y firma el Presidente de la Junta Electoral: Junta Electoral d’Oristà
Fecha: 20 de agosto de 2040
Circunscripciones
- Oristà (Al Cadacors d’Oristà)
- Junts per Oristà – Fecha de presentación: 2024-07-22 21:42:49
- Lliga Regionalista d’Oristà – Fecha de presentación: 2024-07-22 02:04:37
- Partido Comuchoni – Fecha de presentación: 2024-07-22 19:24:03
- Partido Nacionalista Popular – Fecha de presentación: 2024-07-22 09:27:10
- Partido Oristenc Islàmic – Fecha de presentación: 2024-07-22 19:23:51
- Partido Socialista Sianés – Fecha de presentación: 2024-07-22 00:48:44
- Partit Socialista d’Oristà – Fecha de presentación: 2024-07-22 21:43:00
Plazo para Reclamaciones e Impugnaciones
De conformidad con el Artículo 24 de la Ley Suprema 4/2019, el plazo para presentar impugnaciones y reclamaciones sobre las candidaturas definitivas es el siguiente:
- Desde las 20:00 horas hasta las 24:00 horas del segundo día posterior a la convocatoria, podrán presentarse y resolverse las impugnaciones y reclamaciones ante la Junta Electoral Federal.
- A partir de las 00:00 del tercer día posterior a la convocatoria de elecciones, y a no más tardar a las 12:00 de ese mismo día, la Junta Electoral Federal deberá publicar en el Diari Oficial la relación de candidaturas definitivas. Sobre estas candidaturas se podrán presentar recursos contencioso-electorales ante la Curia. La resolución será firme a las 00:00 del día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la República Federal de Sia.
- Los recursos contencioso-electorales deberán ser presentados y resueltos a partir de las 12:00 del tercer día posterior a la convocatoria de elecciones, y antes de las 23:59 del mismo día. La sentencia es firme en el momento de su traslado a la Junta Electoral Federal.