Ley 1/2019, de 19 de mayo, del Orgullo LGBT de la República de Exodia.

Exposición de Motivos
Disponer una fecha prefijada para que todos los años las personas que forman el colectivo LGBT pueden manifestar sus derechos e igualdad.

Artículo 1.
Todos los años tendrá lugar el 1 de mayo el Orgullo LGBT en la República de Exodia.

Artículo 2.
Dicho evento será celebrado en la capital de Exodia, pudiéndose además celebrarse en otras ciudades a petición del pueblo exodiano.

Artículo 3.
En el evento las personas LGBT+ podrán reivindicar las cosas que consideren oportunas de forma que consideren adecuadas, siempre que no vayan contra las leyes y el orden público.

Artículo 4.
Los cuerpos de seguridad de la República de Exodia deberán encargarse de la seguridad del evento y proteger a sus integrantes de posibles ataques exteriores.

Disposición final única.
La presente Ley entrará en vigor en el momento de su publicación en el Diario Oficial de la República de Exodia.

JOSAN SOUL

La Président de la Exodian,

OLGA GARCÍA.