Artículo 1: Creación de regiones y ciudades
Se crean las regiones y ciudades de la República de Àskia-Æxzifort que se enumeran a continuación:
- Salento, con la ciudad capital de la República de Bellamare, Castroverdi, Marcelli, Maronti, Molazzia, Nocera, Porto San y Sorrentale.
- Siracusa, con los municipios de Acquacalda, Avoltri, Floridia, Marinafonte y Portanuova.
- Mesina, con los municipios de Acquafiore, Costantia, Favignone, Letojanni, Liparone, Mantalia, Ripostella y Tefarini.
- Cagliari, con los municipios de Alcalai, Bastiano, Solerza, Solmezzo, Valdirosa y Vernaggia.
- Agrigento, con los municipios de Amaronti, Araguzzo, Arcofiora, Calcarello, Favignotto, Platania y Trappetello.
- Catania, con los municipios de Calimella, Catarella, Giarreza, Laurabuia, Lentella, Lentiere, Taffareno.
- Ragusa, con los municipios de Castellabbia, Mazzitella, Modicaia, Raggraziata, Ravareno, Riccaldo y Rigattone.
- Palermo, con los municipios de Favarelli, Palmento, Porticentro, Roccastella, Santarello y Trapanile.
Artículo 2: Características de las regiones y ciudades
Cada región y ciudad contará con un gobierno propio y una autonomía plena en su gestión. El gobierno de cada región y ciudad se compondrá de un presidente y un consejo, cuya elección se llevará a cabo mediante elecciones democráticas y libres.
Artículo 3: Funciones de las regiones y ciudades
Las regiones y ciudades tendrán las siguientes funciones:
a) Elaboración de sus propios planes de desarrollo y gestión de los recursos y servicios públicos en su territorio.
b) Promoción y desarrollo de actividades culturales, económicas y sociales en su territorio.
c) Mantenimiento de su patrimonio histórico, cultural y artístico.
d) Desarrollo y promoción del turismo en su territorio.
e) Cooperación con otras regiones y ciudades de la República de Àskia-Æxzifort para la realización de proyectos y programas conjuntos.
Artículo 4: Financiamiento de las regiones y ciudades
Las regiones y ciudades contarán con financiamiento público para su funcionamiento y desarrollo, que se incluirá en el presupuesto de la República de Àskia-Æxzifort. Las regiones y ciudades también podrán obtener recursos a través de la cooperación internacional y el sector privado.
Artículo 5: Vigencia de la ley
La presente ley entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial de la República de Àskia-Æxzifort. A partir de ese momento, las regiones y ciudades creadas en virtud de esta ley estarán en pleno funcionamiento y contarán con las atribuciones y competencias que se establecen en la misma.
Disposición adicional.
Dado en la ciudad de Bellamare, a los 18 días del mes de febrero de 2023.