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Diari Oficial de la República Federal de Sia

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Acuerdo de la Junta Electoral de Eleia – Lista Definitiva de Candidaturas Admitidas y Excluidas – Eleciones en Eleia 2045

Referencia: DO-A-2045-01114

Acuerdo de la Junta Electoral de Eleia

En virtud del artículo 23 de la Ley Suprema 3/1991, de 11 de mayo, Electoral y del Referéndum, se hacen públicas las candidaturas definitivas a la elección: Eleciones en Eleia 2045

El plazo para alegar contra ellas ha finalizado.

Lo ordena, manda y firma el Presidente de la Junta Electoral: Junta Electoral de Eleia

Fecha: 22 de diciembre de 2045

Circunscripciones

  • Alta Eleia (Consejo Mayor y General de Eleia)
    • Movimiento para el Cambio – Fecha de presentación: 2024-12-15 17:13:19
  • Baja Eleia (Consejo Mayor y General de Eleia)
    • Movimiento para el Cambio – Fecha de presentación: 2024-12-15 17:13:19
  • Eleia (Consejo Mayor y General de Eleia)
    • Movimiento para el Cambio – Fecha de presentación: 2024-12-15 17:13:19
  • Soulgrado (Consejo Mayor y General de Eleia)
    • Movimiento para el Cambio – Fecha de presentación: 2024-12-15 17:13:19

Plazo para Reclamaciones e Impugnaciones

De conformidad con el Artículo 24 de la Ley Suprema 3/1991, el plazo para presentar impugnaciones y reclamaciones sobre las candidaturas definitivas es el siguiente:

  1. Desde las 20:00 horas hasta las 24:00 horas del segundo día posterior a la convocatoria, podrán presentarse y resolverse las impugnaciones y reclamaciones ante la Junta Electoral Federal.
  2. A partir de las 00:00 del tercer día posterior a la convocatoria de elecciones, y a no más tardar a las 12:00 de ese mismo día, la Junta Electoral Federal deberá publicar en el Diari Oficial la relación de candidaturas definitivas. Sobre estas candidaturas se podrán presentar recursos contencioso-electorales ante la Curia. La resolución será firme a las 00:00 del día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la República Federal de Sia.
  3. Los recursos contencioso-electorales deberán ser presentados y resueltos a partir de las 12:00 del tercer día posterior a la convocatoria de elecciones, y antes de las 23:59 del mismo día. La sentencia es firme en el momento de su traslado a la Junta Electoral Federal.