Habida dimisión del Síndic Federal, se DISPONE
Artículo 1. Objeto.
1. Se celebrarán unas elecciones a Síndic Federal.
2. Las candidaturas serán individuales, pudiendo ser apoyadas por un partido político o coalición.
3. El Síndic Federal deberá jurar o prometer la Constitución ante el Parlamento, así como disponer que ejercerá su cargo con total independencia.
4. El Síndic Federal se considerará electo si consigue la mayoría absoluta del censo electoral en una votación el día 28 de julio de 2019, en caso contrario, se establecería una segunda vuelta el día 4 de agosto de 2019.
5. Si sólo hubiere una candidatura a Síndic Federal, una vez acabado el plazo de presentación de candidaturas, la Junta Electoral emitirá informe sobre lo acaecido y se entenderá electo como Síndic Federal.
Artículo 2. Calendario electoral y legislación aplicable.
1. Se establece un plazo de un día para presentar candidaturas, plazo que se entenderá hasta el día 23 de julio de 2019.
La fecha de elecciones se establece el 28 de juloio, segunda vuelta el 4 de agosto de 2019, siendo el día anterior jornada de reflexión en ambos casos.
2. La legislación aplicable es la Ley Suprema 4/2019, de 17 de junio, Electoral y del Referéndum.
Disposición final única.
El presente Decreto entra en vigor en el momento de su publicación en el Diari Oficial de la República Federeal de Sia.
Dado en Ciudad del Mar, a 21 de julio de 2019.
JOSAN
El Presidente del Consell Federal
JOSE MARI AZNER