Decreto 2/2043, de 23 de marzo, del Consell Federal, de aplicación del artículo 141 a la República de Oristà por su intento secesionista

Preámbulo

En vista del intento de secesión unilateral por parte de la República de Oristà y con el fin de preservar la unidad de la República Federal de Sia, el Consell Federal aplica el artículo 141 de la Constitución, previa aprobación del Senat por mayoría absoluta, de conformidad con el artículo 67 de la Constitución Federal.

Artículo 1. Objeto del decreto

El presente decreto tiene por objeto aplicar el artículo 141 de la Constitución Federal, suspendiendo temporalmente las competencias de la República de Oristà, previa aprobación del Senat.

Artículo 2. Suspensión de competencias

Se suspenden inmediatamente todas las competencias de la República de Oristà, y el Consell Federal asume su administración.

Artículo 3. Administración provisional

El Consell Federal designará una autoridad provisional para gestionar las funciones ejecutivas y legislativas de Oristà hasta que se restablezca el orden constitucional.

Artículo 4. Medidas adicionales

El Consell Federal tomará las medidas necesarias para garantizar la seguridad pública y el funcionamiento de los servicios esenciales en la República de Oristà.

Artículo 5. Restablecimiento del orden constitucional

El decreto tiene como objetivo restablecer el orden constitucional en Oristà a través de medidas de intervención temporal y diálogo conforme a las leyes federales.

Disposición final

Este decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la República Federal de Sia, y se mantendrá en vigor hasta que se restablezca el orden constitucional en Oristà.

Dado en Ciudad del Mar, a 23 de marzo de 2043.

ALESSANDRO S.S.

La Presidenta del Consell Federal,
CHLOE PÉREZ DE SANTAVENENO